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Los comités, mejor llamados «Órganos de Supervisión de Tratados», están conformados por grupos de expertos, que se encargan de supervisar la aplicación y el respeto de los tratados y convenciones internacionales de derechos humanos.

Cada comité tiene sus especificidades, pero existen características comunes que es importante identificar para interactuar de manera efectiva ante cada uno de ellos.

Estos comités son llamados mecanismos convencionales, porque surgen de las convenciones y tratados internacionales de derechos humanos que han sido aprobados por la Asamblea General de la ONU. Están constituidos por grupos de expertos independientes encargados de supervisar la aplicación de los principales tratados internacionales de derechos humanos. Sólo pueden examinar a Estados que hayan ratificado el Tratado en cuestión (Estados Parte).

El desempeño de cada Estado se somete a revisión por parte del comité relevante aproximadamente cada cuatro años, según los calendarios previstos. Para actuar ante los comités es fundamental demostrar el nexo coherente entre el contenido del Tratado en cuestión y los derechos lesionados, es decir, debe existir una relación causal directa entre la violación del derecho protegido en el texto y las violaciones que se denuncian, con base en los artículos del tratado y el informe presentado por el Estado.

Las organizaciones de la sociedad civil y los actores no gubernamentales juegan un rol determinante en el desarrollo de la labor de los comités, pues son ellos quienes aportan información contrastada con relación a la incluida por el Estado, en el informe que debe presentar ante el comité, y que constituye la base del examen.

Para actuar ante un comité, las organizaciones de la sociedad civil tienen la posibilidad de preparar los informes sombra o alternativos que, de manera organizada y clara, incluyan información actualizada y verificable sobre el cumplimiento o no de las normas establecidas en el convenio por parte del Estado. Es conveniente conocer con anterioridad el informe que presentará el Estado examinado.

Es recomendable actuar de manera coordinada con otras organizaciones nacionales e internacionales que han aportado información al comité, pues esto aumenta la posibilidad de impacto.

Si han habido avances en la implementación de las normas del tratado en su país, es importante reconocerlos. La negación es mal percibida.

Los actores no gubernamentales tienen la posibilidad de preparar informes alternativos, también llamados informe sombra que, de manera organizada y clara, incluyan información actualizada y verificable sobre el cumplimiento o no de las normas establecidas en el convenio por parte del estado. Sus informes deberían incluir:

  • Análisis sobre el grado de implementación del tratado, convenio o convención.
  • Explicaciones sobre casos o situaciones concretas de violación de las normas contenidas en el instrumento internacional.

Es conveniente incluir información sobre las normas constitucionales, legales, reglamentarias o procedimentales que deberían ser objeto de reforma o derogación porque son contrarias al tratado; anexos en que se relacionen y expliquen de manera más detallada las violaciones, los avances o retrocesos. Estos además pueden incluir vídeos, noticias de prensa, testimonios, etc.

El resumen de las situaciones y temas que se quieren destacar, busca facilitar la lectura del informe y su más rápida comprensión por parte de los expertos; y si es posible en inglés que es normalmente el idioma común de trabajo de los comités. Si el informe tiene más de 25 páginas es posible que los expertos no tengan el tiempo para leerlo. El plazo idóneo para presentar información suele ser en las dos semanas anteriores al inicio del período de sesiones, cuando se examinará el informe del país, y seis semanas antes de la reunión del equipo de tareas, encargado de examinar el informe de país y que elaborará la lista de cuestiones que se someterán a consideración del Comité en el siguiente periodo de sesiones.

Los comités privilegian la información aportada por organizaciones nacionales que trabajan en el interior del país. Es importante que el informe no se elabore sólo con base en información de ONG internacionales. Si la información se refiere a casos particulares de violación de derechos, es importante citar las fechas, lugares, las instituciones responsables, los nombres de las víctimas, testigos, etc.

Se pueden presentar ante los comités varios tipos de informe:

  • Generales y exhaustivos, que pueden seguir uno a uno los artículos del tratado o pacto o bien, pueden tener una estructura por temas.
  • Informes temáticos, que abordan un derecho o los derechos de un grupo o grupos determinados de la población.

Los comités aprecian los informes presentados por coaliciones o alianzas de organizaciones. Cuando son varias organizaciones que presentan un informe, el Estado tiene mayor dificultad en desmentir o en poner en duda las fuentes de información y su veracidad. La realización de informes conjuntos facilitan el trabajo frente a los comités, economizan recursos, evitan la duplicación de informaciones, optimizan la posibilidad de impacto y hacen posible la distribución de tareas. No todas las organizaciones cuentan con el equipo humano y los medios suficientes para afrontar la elaboración de un informe de esta naturaleza.

Se recomienda que la estructura del informe alternativo sea la siguiente:

Introducción:

  • Breve presentación de la organización, la alianza o coalición que realiza el informe.
  • Breve descripción metodológica de elaboración del informe.
  • Breve descripción del contexto general o histórico.
  • Situaciones especificas o coyunturales.

Parte sustantiva:

  • Marco legal aplicable.
  • Un análisis critico sobre la implementación de las normas del pacto por parte del estado.
  • Evaluación sobre si las normas citadas cumplen con los estándares internacionales.
  • Relacionar de manera precisa qué normas legales, procedimientos, reglamentos administrativos o prácticas institucionales son inconsistentes con los estándares internacionales.

Al hacer referencia al informe del Estado mencionar qué información no se incluye, se omite o tergiversa por parte del Estado. Es conveniente hacer referencia a los comentarios generales que ha emitido el comité en los casos pertinentes.

Conclusiones y recomendaciones:

Deben ser concretas, realistas, orientadoras y si lo considera necesario podrían fijar prioridades. Es conveniente adjuntar a su informe alternativo un resumen ejecutivo de entre 2 y 3 páginas.

Las ONG pueden asistir a las reuniones del Comité, en Ginebra, en calidad de observadores, no existiendo posibilidad de intervención oral ante el Comité.

Aspectos importantes a considerar:

Durante el periodo de sesiones del Comité, cuando el Estado en cuestión está siendo examinado, se pueden organizar eventos paralelos, briefings con los expertos de los Comités, donde se pueden intercambiar puntos de vista y entregar información.

Para la realización del briefing es conveniente aportar un resumen para los expertos, que resalte las preocupaciones más importantes y las recomendaciones y preguntas que usted desearía que se hicieran al estado, así como las sugerencias de cómo Naciones Unidas podría responder en forma más efectiva a las situaciones. Los actores no gubernamentales deben conocer en profundidad las recomendaciones emitidas por el comité en las sesiones anteriores, e insistir en todo momento sobre el seguimiento y el grado de cumplimiento o incumplimiento de estas recomendaciones por parte del Estado.

Normalmente los expertos hacen preguntas cuando los actores no gubernamentales acuden a ellos. Debe estar preparado para responderlas de manera clara y precisa.

Durante su permanencia en Ginebra, aproveche la oportunidad para entrar en contacto con otros actores y procedimientos. Organice su agenda con anticipación.

Cuando el comité haga público el informe, éste debe ser difundido y puesto en conocimiento en el país, con una metodología sencilla y comprensible.

Es importante familiarizarse con las observaciones finales aprobadas por el Comité para trabajar conjuntamente con el respectivo gobierno, si esto es posible en el contexto particular, y con las ONG y otros actores nacionales e internacionales, que sirven de catalizadores en la promoción de reformas a las leyes y políticas públicas. Es importante trazar un programa de acción para vigilar la aplicación de las observaciones.

La promoción y concientización debe hacerse a través de: debates temáticos, mesas redondas, seminarios, talleres, traducción y publicación de las observaciones finales, colaboración con las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos y los medios de comunicación y otras ONG nacionales e internacionales.

Debe informarse al Comité sobre el avance del Estado en la aplicación e implementación de las recomendaciones, es decir, hacer el llamado Follow up.

El contacto permanente debe mantenerse, en la medida de lo posible, con los miembros del Comité. Se deben promover y monitorear sus visitas in loco,en el caso de que se dieran, y brindarles la debida cobertura mediática y creando espacios de diálogo e intercambio con ellos.

Asimismo resulta importante mantener informados a los procedimientos especiales del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, hasta la celebración del próximo examen de su país. Los procedimientos especiales dan seguimiento estricto a los procesos que toman forma en los comités.

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