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Un procedimiento especial es un lugar, espacio u oficina creado por el Consejo de Derechos Humanos en Ginebra, a cargo de una persona o varias, de probada integridad moral y con profundo conocimiento del tema respectivo. Esta persona o personas trabajan ad honorem.

Los procedimientos pueden ser relatores especiales, grupos de trabajo y/o representantes especiales del Secretario General de la ONU. Cumplen una función de vigilancia, promoción y protección de los derechos humanos en el mundo.

Los procedimientos se han divido en temáticos (relator sobre la tortura, grupo de desapariciones forzadas, etc.), y algunos pocos llamados geográficos o por país, que han sido creados para seguir la situación de derechos humanos en un país determinado, cuando en éste se han presentado crisis o situaciones graves de violación de los derechos humanos. Para cada procedimiento existente, el Consejo de Derechos Humanos ha nombrado y encargado para un período determinado un experto o un grupo de expertos que tienen un mandato específico para realizar su trabajo.

El mandato (campo de acción del procedimiento) es establecido por una resolución del Consejo de Derechos Humanos. Este espacio existe para atender y escuchar a las personas o grupos de personas que son objeto de violaciones de sus derechos y desean poner en conocimiento hechos concretos, violaciones, amenazas y análisis de la situación.

Los procedimientos tienen su sede en Ginebra y son apoyados por la Oficina de la Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos OACNUDH, que pone a disposición funcionarios (asistentes y/o secretarías) que se ocupan de recibir la información aportada, sistematizarla, elaborar informes y transmitirla al titular del procedimiento (experto, grupo de trabajo, o representante especial), quien lo transmitirá al Consejo de Derechos Humanos.

La persona o personas que dirigen y representan el mandato (Relator especial, grupo de trabajo, representante especial), están facultados para visitar países y realizar informes que se someten al Consejo de derechos Humanos para su consideración y estudio. La visita al país es un momento privilegiado para transmitir información al mandato e interactuar con éste. Las visitas de los relatores, grupos de trabajo y representantes especiales se organizan con el apoyo de la OACNUDH en Ginebra y/o su representante en el país o su oficina regional (por ejemplo Colombia, Guatemala, México, Bolivia) y se coordinan con el estado respectivo, que debe estar de acuerdo con la visita, aún en los casos de países que han manifestado públicamente su voluntad de permitir el acceso a todos los procedimientos (invitaciones abiertas y permanentes a los procedimientos).

Cuando un procedimiento visita un país en misión oficial, conforme a las reglas de Naciones Unidas, éste tiene el derecho de reunirse con las ONG, defensores y otros actores sin la presencia de los funcionarios estatales. Los procedimientos emiten comunicados de prensa con ocasión de sus visitas a los países.

Los procedimientos han contribuido desde su creación con la elaboración de estándares y normas internacionales de derechos humanos. En muchos casos, los procedimientos han salvado vidas y evitado mayores violaciones de derechos humanos. Existen numerosos testimonios de personas que han sido protegidas en virtud de la intervención oportuna de los procedimientos especiales.

Ante los procedimientos, se pueden presentar de forma individual o grupal, denuncias, quejas, casos y análisis de la situación de derechos humanos en su país, cuando considera que se está presentando o se va a presentar una violación de un derecho contemplado en los tratados o convenciones de derechos humanos, o tiene un tema que considera debe ser puesto en conocimiento del sistema internacional de derechos humanos.

Los procedimientos no son tribunales, ni emiten sanciones en contra de los estados o las personas responsable de las violaciones de derechos humanos; hacen estudios, informes, pronunciamientos y efectúan el seguimiento de situaciones de derechos humanos en los países. Sus intervenciones ante los estados y el sistema no implican obligaciones para los estados. Los procedimientos establecen un diálogo interactivo con el Consejo de Derechos Humanos respecto de los temas relacionados con sus mandatos. Algunos de los procedimientos de Naciones Unidas efectúan pronunciamientos conjuntos con procedimientos de igual naturaleza creados en el seno del sistema Interamericano de derechos humanos.

Es importante mantener informados a los procedimientos vía correo electrónico y enviar sus informaciones a las direcciones oficiales de cada mandato, sin necesidad de hacerse presente en Ginebra. Los procedimientos privilegian e incitan el contacto con ONG y defensores de derechos humanos, durante sus visitas a los países y en Ginebra. Una fuente esencial de información de los procedimientos son los periodistas y medios de comunicación.

Mantener informados a los procedimientos especiales es de gran importancia, pues es por su conducto que se actualiza el sistema internacional de derechos humanos y se ponen en conocimiento las violaciones de derechos humanos e igualmente, el procedimiento establece un intercambio de información con los Estados.

La intervención frente a los procedimientos deberá estar enmarcada dentro de una estrategia de corto, mediano y largo plazo. Los resultados no son inmediatos ni existen soluciones milagrosas; ya que éstos actúan en el marco de sus mandatos y tienen limitaciones fácticas.

Es recomendable conocer los informes que el procedimiento ha presentado ante el Consejo de Derechos Humanos en el pasado y en especial si éste se refiere a una visita realizada a su país.

La información que se transmita a los procedimientos debe ser clara, precisa y comprobable.

Si se trata de casos particulares de violación de derechos, se deben incluir fechas, nombres y circunstancias precisas, para permitir al procedimiento realizar su trabajo de manera adecuada y por ejemplo realizar una comunicación individual al estado indagando por este caso.

Si se trata de una situación que pone o ha puesto en peligro a una persona en particular o a un grupo de personas determinado, es necesario contar con la aceptación de ellos, pues en algunos casos la queja puede ponerlos en un mayor riesgo.

Si se aporta por cualquier medio documentos muy extensos, deben ser acompañados de un resumen que facilite la lectura por parte de los funcionarios y expertos.

Los objetivos deben ser claros y específicos. Es muy probable que la reunión se lleve a cabo en conjunto con varios de los procedimientos que quiere contactar y no en reuniones individuales.

En caso que la persona que desea entablar una denuncia o queja ante un procedimiento se encuentre en Ginebra y quiera tomar contacto con las personas encargadas del mismo, podría ser recibido directamente por el experto o el grupo de trabajo o por su asistente. Los expertos sólo están presentes en Ginebra por periodos cortos en diferentes momentos del año. En la mayoría de los casos es de igual utilidad si la reunión se lleva a cabo con sus asistentes o la secretaría respectiva del grupo de trabajo.

Es importante verificar el calendario de reuniones de los grupos de trabajo y del Consejo de Derechos Humanos. Los contactos deben iniciarse vía correo electrónico con suficiente antelación del viaje a Ginebra.

El oficial encargado del país que se busca denunciar en la OACNUDH, podría gestionar con anterioridad los contactos para las reuniones que se proponga realizar en Ginebra.

Lo esencial es aportar información nueva, actualizada y pertinente y/o relacionada con los temas que el procedimiento estudia e incluye en sus informes. La información puede referirse a violaciones concretas o a asuntos temáticos relacionados con leyes, reformas legales, reglamentaciones, iniciativas o acciones del estado que han puesto o podrían poner en peligro los derechos de las personas o la violación de normas de derechos humanos en el nivel nacional o internacional.

Puede incluirse un análisis de la situación en el país determinado.

Durante la presentación del informe por parte del experto, relator o grupo de trabajo ante el Consejo de Derechos Humanos, los actores no gubernamentales tienen el derecho de hacer presentaciones orales y escritas ante el Consejo de Derechos Humanos, una vez los estados han realizado su intervención. El tiempo de intervención para cada ONG es de dos a tres minutos y generalmente intervienen un máximo 10 ONG.

Luego de que un informe de un relator, un grupo de trabajo o un representante especial, ha sido elaborado y editado, se presenta al Consejo de Derechos Humanos. En ese espacio es discutido y analizado en el diálogo interactivo en el cual intervienen los estados miembros del Consejo y los observadores, que formulan preguntas y realizan recomendaciones. Los procedimientos pueden enviar alertas y comunicaciones individuales en casos particulares de presunta violación de derechos de las personas, cuando éstos están en peligro.

Estas comunicaciones pueden considerase como indagaciones realizadas frente a los Estados. En caso que se transmita información fidedigna y confiable a los procedimientos especiales de manera periódica y oportuna, ésta puede llegar a ser considerada como un referente para éstos.

Algunos de los grupos de trabajo toman decisiones de fondo sobre violaciones de derechos humanos. Es importante la difusión por todos los medios posibles los informes de los procedimientos.

En el Consejo de Derechos Humanos se ha creado el Grupo de Comunicaciones, el cual produce un informe que se presenta al Consejo, en el que se relacionan todas las comunicaciones dirigidas por los procedimientos especiales a los Estados por parte de los procedimientos. En el momento de la presentación del informe algunos Estados realizan preguntas y hacen observaciones a los Estados que han sido citados en este informe.

En general los procedimientos elaboran informes de seguimiento de sus visitas realizadas en los países, por lo que es importante mantenerlos actualizados con información que les facilite su trabajo y permita comparar la situación y verificar su avance o deterioro.

Los procedimientos alimentan el debate en el seno del Consejo de Derechos Humanos. Una actuación aislada frente a los procedimientos no logrará posicionar los temas que se quieran destacar destacar ante el sistema de derechos humanos de Ginebra. Si un procedimiento ha visitado su país, resulta fundamental difundir el informe respectivo y socializarlo con las organizaciones, el Estado y otros actores. Los titulares de los mandatos de los procedimientos asisten en ocasiones como invitados a seminarios y foros en diferentes países, sin que ésta sea considerada como una visita oficial de los mismos. Esta es otra oportunidad para interactuar con ellos. Con ocasión de estas visitas, el relator, representante especial, o miembro del grupo de trabajo, no podrá pronunciarse o hacer comunicados de prensa sobre la situación de su país, pero sí es una buena oportunidad para entregarles información y documentos.

RELATOR ESPECIAL SOBRE SOBRE LA PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN DEL DERECHO A LA LIBERTAD DE OPINIÓN Y DE EXPRESIÓN

RELATOR ESPECIAL SOBRE LA INDEPENDENCIA DE MAGISTRADOS Y ABOGADOS

RELATOR ESPECIAL SOBRE EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES, SUMARIAS O ARBITRARIAS

RELATOR ESPECIAL SOBRE LA SITUACIÓN DE LOS DEFENSORES DE LOS DERECHOS HUMANOS

RELATOR ESPECIAL SOBRE EL DERECHO A LA LIBERTAD DE REUNIÓN PACÍFICA Y DE ASOCIACIÓN

RELATOR ESPECIAL SOBRE LA LA TORTURA Y OTROS TRATOS O PENAS CRUELES, INHUMANOS O DEGRADANTES

GRUPO DE TRABAJO SOBRE LA DETENCION ARBITRARIA

GRUPO DE TRABAJO SOBRE LAS DESAPARICIONES FORZADAS O INVOLUNTARIAS

RELATOR ESPECIAL SOBRE LA LIBERTAD DE RELIGIÓN O DE CREENCIAS

EXPERTO INDEPENDIENTE SOBRE LOS DERECHOS HUMANOS Y LA SOLIDARIDAD INTERNACIONAL

RELATOR ESPECIAL SOBRE LA PROMOCIÓN DE LA VERDAD, LA JUSTICIA, LA REPARACIÓN Y LAS GARANTÍAS DE NO REPETICIÓN

GRUPO DE TRABAJO DE EXPERTOS SOBRE LOS AFRODESCENDIENTES

RELATOR ESPECIAL SOBRE LOS DERECHOS HUMANOS AL AGUA POTABLE Y EL SANEAMIENTO

EXPERTO INDEPENDIENTE SOBRE EL DISFRUTE DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LAS PERSONAS CON ALBINISMO

RELATOR ESPECIAL SOBRE EL DERECHO A LA ALIMENTACION

. RELATOR ESPECIAL SOBRE CUESTIONES DE LAS MINORIAS

. RELATOR ESPECIAL SOBRE LOS DERECHOS CULTURALES

. RELATOR ESPECIAL SOBRE EL DERECHO AL DESARROLLO

. RELATOR ESPECIAL SOBRE LOS DERECHOS HUMANOS DE LOS DESPLAZADOS INTERNOS

. EXPERTO INDEPENDIENTE SOBRE LAS CONSECUENCIAS DE LA DEUDA EXTERNA Y LAS OBLIGACIONES FINANCIERAS INTERNACIONALES CONEXAS DE LOS ESTADOS PARA EL PLENO GOCE DE TODOS LOS DERECHOS HUMANOS, SOBRE TODO LOS DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES

. RELATOR ESPECIAL SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

. RELATOR ESPECIAL SOBRE EL DERECHO A LA EDUCACION

. GRUPO DE TRABAJO SOBRE LA CUESTIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS Y LAS EMPRESAS TRANSNACIONALES Y OTRAS EMPRESAS

. RELATOR ESPECIAL SOBRE LAS FORMAS CONTEMPORÁNEAS DE LA ESCLAVITUD, INCLUIDAS SUS CAUSAS Y CONSECUENCIAS

. RELATOR ESPECIAL SOBRE LAS REPERCUSIONES NEGATIVAS DE LAS MEDIDAS COERCITIVAS UNILATERALES EN EL DISFRUTE DE LOS DERECHOS HUMANOS

. RELATOR ESPECIAL SOBRE LA CUESTIÓN DE LAS OBLIGACIONES DE DERECHOS HUMANOS RELACIONADAS CON EL DISFRUTE DE UN MEDIO AMBIENTE SIN RIESGOS, LIMPIO, SALUDABLE Y SOSTENIBLE

. GRUPO DE TRABAJO SOBRE LA UTILIZACIÓN DE MERCENARIOS COMO MEDIO DE VIOLAR LOS DERECHOS HUMANOS Y OBSTACULIZAR EL EJERCICIO DEL DERECHO DE LOS PUEBLOS A LA LIBRE DETERMINACIÓN

. RELATOR ESPECIAL SOBRE LOS DERECHOS HUMANOS DE LOS MIGRANTES

. GRUPO DE TRABAJO SOBRE LA CUESTIÓN DE LA DISCRIMINACIÓN CONTRA LA MUJER EN LA LEGISLACIÓN Y EN LA PRÁCTICA

. EXPERTO INDEPENDIENTE SOBRE LA PROMOCIÓN DE UN ORDEN INTERNACIONAL DEMOCRÁTICO Y EQUITATIVO

. EXPERTO INDEPENDIENTE SOBRE EL DISFRUTE DE TODOS LOS DERECHOS HUMANOS POR LAS PERSONAS DE EDAD

. RELATOR ESPECIAL SOBRE LA EXTREMA POBREZA Y LOS DERECHOS HUMANOS

. RELATOR ESPECIAL SOBRE EL DERECHO A LA PRIVACIDAD

. RELATORA ESPECIAL SOBRE LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS

. RELATOR ESPECIAL SOBRE LAS FORMAS CONTEMPORÁNEAS DE RACISMO, DISCRIMINACIÓN RACIAL, XENOFOBIA Y FORMAS CONEXAS DE INTOLERANCIA

. RELATOR ESPECIAL SOBRE EL DERECHO DE TODA PERSONA AL DISFRUTE DEL MÁS ALTO NIVEL POSIBLE DE SALUD FÍSICA Y MENTAL

. EXPERTO INDEPENDIENTE SOBRE LA PROTECCIÓN CONTRA LA VIOLENCIA Y LA DISCRIMINACIÓN POR MOTIVOS DE ORIENTACIÓN SEXUAL O IDENTIDAD DE GÉNERO

. RELATOR ESPECIAL SOBRE LAS OBLIGACIONES DE DERECHOS HUMANOS RELACIONADAS CON LA GESTIÓN Y ELIMINACIÓN ECOLÓGICAMENTE RACIONALES DE LAS SUSTANCIAS Y LOS DESECHOS PELIGROSOS

. RELATOR ESPECIAL SOBRE LA PROMOCIÓN Y LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS Y LAS LIBERTADES FUNDAMENTALES EN LA LUCHA CONTRA EL TERRORISMO

. RELATOR ESPECIAL SOBRE LOS DERECHOS HUMANOS DE LAS VÍCTIMAS DE LA TRATA DE PERSONAS, ESPECIALMENTE MUJERES Y NIÑOS

. RELATOR ESPECIAL SOBRE LA VENTA DE NIÑOS, LA PROSTITUCIÓN INFANTIL Y LA UTILIZACIÓN DE NIÑOS EN LA PORNOGRAFÍA

. RELATOR ESPECIAL SOBRE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER, SUS CAUSAS Y CONSECUENCIAS

. RELATOR ESPECIAL SOBRE LA VIVIENDA ADECUADA COMO ELEMENTO INTEGRANTE DEL DERECHO A UN NIVEL DE VIDA ADECUADO, Y SOBRE EL DERECHO A LA NO DISCRIMINACIÓN EN ESTE CONTEXTO

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