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Ahora es momento de conocer los mecanismos de derechos humanos provistos por el Consejo de Derechos Humanos. Antes de ingresar, es importante tomar en cuenta algunos aspectos característicos del Consejo de Derechos Humanos.

Estos comités son llamados mecanismos convencionales, porque surgen de las convenciones y tratados internacionales de derechos humanos que han sido aprobados por la Asamblea General de la ONU.

Están constituidos por grupos de expertos independientes encargados de supervisar la aplicación de los principales tratados internacionales de derechos humanos. Sólo pueden examinar a Estados que hayan ratificado el Tratado en cuestión (Estados Parte). El desempeño de cada Estado se somete a revisión por parte del comité relevante aproximadamente cada cuatro años, según los calendarios previstos.

Para actuar ante los comités es fundamental demostrar el nexo coherente entre el contenido del Tratado en cuestión y los derechos lesionados; debe existir una relación causal directa entre la violación del derecho protegido en el texto y las violaciones que se denuncian, con base en los artículos del tratado y el informe presentado por el Estado.

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